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13 Jun

LA VERDAD ACERCA DE LA RESOLUCIÓN QUE DISUELVE LA FUNDACIÓN FELICES LOS NIÑOS

Por negligencia e incapacidad de Casolati y su Consejo

 

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas califica el accionar de Casolati y su consejo de administración como “una gestión desaprensiva de los bienes sociales” . Describe a la actual realidad de Felices los Niños (“Felices” como la rebautizó Casolati) como “una entidad que permanentemente incumple con sus obligaciones formales”. La DPPJ le echa en cara a Casolati y su Consejo, que muchas dependencias del Gobierno aportaron mucha plata a su gestión y no fue rendida ni se ve en le reestructuración supuesta de la Fundación: (textual) “El Estado Provincial, a través de distintas dependencias que se encuentran alcanzadas por las funciones que desarrolla la Fundación, ha contribuido con IMPORTANTES RECURSOS ADMINISTRATIVOS, HUMANOS Y ECONOMICOS a los fines de lograr su reestructuración” . Luego califica a Casolati y su gente reconociendo: “La incapacidad real del Consejo de Administración”. Y por lo que la DPPJ describe como “incumplimientos, reiterados y sistemáticos,” termina por intervenir y disolver la Obra fundada por el Padre Grassi y fundida por el Dr. Casolati.

 

Para quienes no tuvieron acceso a esta dura Resolución Administrativa de la Dirección Provincial de Personas Jurídica, ponemos a su alcance los principales párrafos. Nótese que la intervención propiciada por Casolati luego de la burda denuncia de que el fundador de felices los niños “robaba los alimentos de los chicos para dárselos a los presos”, llevó a un escándalo mediático que motivó a esta entidad gubernamental a que diera de baja al consejo de administración presidido por una monja, la hermana María Luz Sánchez, con una motivación aparente: “que la falta de contestación a los requerimientos de Personas Jurídicas demuestra un potencial riesgo de incumplimiento de la misión de la Fundación”. Lo que la gestión destituida reclamó es que la guardia puesta por Casolati rompía las notificaciones de Personas Jurídicas luego de recibirlas durante los meses anteriores a la intervención de Julio de 2014. Casolati sabía lo que hacía como abogado y funcionario judicial. Su plan era apoderarse de la Fundación y lo logró. Lo que no logró “refundar la institución como decía por todas partes, sí, logró, “refundirla”

A continuación los párrafos centrales de la Resolución:

 

Resolución de Personas Jurídicas N°3731

Antecedentes

Que con fecha 30 de julio de 2014 este organismo controlador dictó la Resolución DPPJ N° 5182, mediante la cual se procedió a intervenir la fundación de referencia a los efectos de su

normalización, designándose para desempeñar el cargo a la Dra. Natalia Gambaro, DNI 26.115.620.

Con fecha 23 de diciembre de 2014 Gambaro presenta su último informe de intervención, detallando allí las labores realizadas tendientes a la normalización de la Fundación.

Con fecha 29 de diciembre de 2014 esta Dirección Provincial dictó la Resolución N° 10222, mediante la cual se aprobó la gestión de la Dra. Natalia Gambaro al frente de la intervención, se comunicó a las nuevas autoridades sociales que deberían presentar la documentación post asamblearia correspondiente a los ejercicios económicos cerrados desde el 30/09/2007 al 2014 inclusive, y se dio por finalizado dicho proceso administrativo.

Cabe destacar que la Fundación ya había presentado los balances de 2007-2008-2009-2010 pero “aparecían como no presentados” porque faltaban detalles que Personas Jurídicas había requerido y, como explicamos, no habían llegado a mano de las autoridades de la Fundación.

Continuamos con el texto de la Resolución que decide intervenir y disolver la entidad que por dos décadas ayudó a más de setenta mil jóvenes en riesgo y chicos de la calle:

 

DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FORMALES (de Casolati y todo su consejo de Administración)

Que mediante acta de fecha 24 de diciembre de 2014, se constituyó nuevo Consejo de Administración de la Fundación, designándose en carácter de Presidente al Dr. Juan Manuel Casolati, DNI 21.843.647. A tal fin se acompañó determinada documentación exigida por la normativa en vigencia en aquel momento, lo que motivó que el Departamento de Inspecciones de esta Dirección Provincial emitiera dictamen con fecha 20 de mayo de 2015, formulando observaciones respecto de la documentación que no fuera acompañada por las autoridades de la Fundación.

Con fecha 22 de mayo de 2015, el Dr. Adrián Hugo González, quien fuera instituido como Vocal del Consejo Directivo de la entidad, deduce presentación manifestando que con fecha 3 de mayo del miso año renunció a su cargo en aquel órgano fundamentando ello en motivos de índole profesional.

El día 16 de diciembre de 2015 el Presidente de la Fundación (Casolati) se presenta en aquel expediente administrativo manifestando diversas razones por las cuales no se pudo presentar la documentación exigida, y realizado en prieta síntesis un racconto de las acciones llevadas a cabo tendientes a lograr la recuperación institucional. Solicita se le otorgue un plazo de cuatro (4) meses, a fin de dar cumplimiento con la presentación de documentación asamblearia solicitada.

En idéntica fecha, presenta escrito el Contador Jorge López Cepero- profesional contratado por la Fundación para confeccionar los estados contables- quien aduce que el ejercicio N° 16 , a cerrar el 30/09/2009, se encuentra en pleno estado de confección, y que una vez hecho ello, se procederá a la elaboración del resto de los ejercicios económicos adeudados.

Transcurridos más de cinco (5) meses desde la intimación del Departamento de Inspecciones, se procedió a efectuar una nueva a los mismos fines y efectos que la anterior, esta vez en el plazo improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, agregándose el ejercicio cerrado al 30/09/2016, ya vencido.

Que con fecha 11 de mayo de corriente año, el presidente de la Fundación, presenta estados contables cerrados al 30/09/2007 y 2008, indicando que respecto a la documentación obligatoria- Actas de Consejo de Administración, existencia de contratos, declaración jurada de existencia de quórum, etc- no puede darse cumplimiento por cuanto se han extraviado los libros sociales y contables con fecha 24 de diciembre de 2014.

Casolati miente a la Dirección de Personas Jurídicas. Ante todo llevó la copia de los balances ya presentados por el Consejo de Administración destituido y acerca de la documentación faltante es la que el mismo Casolati cargó junto con todos los legajos laborales en un camión del CEANSE para su deposición final, tal cual el Padre Grassi lo denunció en los Tribunales de Morón y nunca se investigó. Sería a semejable al delincuente que asesina a su esposa, se deshace del cuerpo y luego hace la denuncia de la desaparición y patéticamente sale a la marcha para reclamar su aparición con vida.

Continuamos con el texto de Personas Jurídicas (DPPJ): (lo subrayado es nuestro)

 

Que llegada a esa instancia, se verifica un nuevo incumplimiento por parte de las Autoridades del Consejo de Administración, quienes no han acompañado la documentación solicitada por esta Dirección Provincial, siendo las causales alegadas para justificar tal proceder extemporáneas a la luz del proceso descripto precedentemente, y que acreditarían en la práctica una gestión desaprensiva de los bienes sociales.

 

DEL ANÁLISIS DE SITUACIÓN ACTUAL (Casolati y su Consejo)

La Fundación Felices los Niños ha atravesado una serie de circunstancias que, poco a poco, la han reducido a su mínima expresión y que la llevó a transitar el último carril previo a la liquidación, cual es la Intervención Administrativa Normalizadora. Tal proceso se desarrolló y concluyó de manera satisfactoria, pese a que, de las constancias obrantes en este organismo de control, no se han podido mantener en la institución la regularidad y estabilidad perseguidas, dejando en una situación de potencial vulnerabilidad a aquellos a quienes debiera tutelar.

Cabe resaltar los diversos incumplimientos que las autoridades sociales han demostrado hasta esta fecha, en lo relativo a la presentación de documentación legal y contable, por los ejercicios cerrados desde el 30/09/2009 al 30/09/2016 –en forma total- y parcial respecto a los ejercicios cerrados al 30/09/2007 y 2008. Y es justamente la citada documentación la que permite a este órgano de controlador ejercer su rol de policía societaria, fiscalizando el desenvolvimiento de cada ente, y en particular el origen y la aplicación de los fondos que éstos reciben. Máxime tratándose de una Fundación como la de autos, que por la relevancia e impacto social que ha adquirido a través de los años, merece una tutela particular de parte de los organismos de control estatales.

¿Corresponde mantener la existencia de una entidad que permanentemente incumple con sus obligaciones formales? La respuesta debe ser negativa.

En este estado de situación, no puede valorarse cuál es la ecuación económica financiera que sustenta su funcionamiento, por cuanto no existe una cuantificación real de sus activos y pasivos, como así tampoco de cuáles serían a la fecha las obligaciones o deudas que debieran afrontar.

Y más aún, resulta pertinente remarcar que los fondos que administra la entidad provienen en su mayoría de subsidios y donaciones, lo que acentúa aún más el deber de fiscalización sobre fondos de terceros (sean públicos o privados).

El Estado Provincial, a través de distintas dependencias que se encuentran alcanzadas por las funciones que desarrolla la Fundación, ha contribuido con importantes recursos administrativos, humanos y económicos a los fines de lograr su reestructuración en pos del cumplimiento regular de su objeto social, esto es el resguardo y desarrollo integral de los menores bajo su cuidado. La incapacidad real del Consejo de Administración de hacer frente a las dificultades verificadas, aconsejan la implementación de medidas por parte de esta Dirección Provincial que eviten la prolongación en el tiempo de este estado de situación.

Esta serie de incumplimientos, reiterados y sistemáticos, obstaculizan la consecución misma de los fines estatutarios de la entidad, realidad que se ha sostenido en el tiempo por la función social que ha desarrollado, pese a las numerosas intimaciones efectuadas por este organismo de controlador. Razonablemente, debería asumirse que luego de un proceso tan arduo como fue la intervención normalizadora, las autoridades elegidas obrarían con tal responsabilidad, tendiente a evitar caer nuevamente en la misma situación que motivara tal medida administrativa. A LA LUZ DE LOS ACONTECIMIENTOS ELLO NO FUE ASÍ.

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